viernes, 9 de octubre de 2015

ACOSO Y DERRIBO AL SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS EN ARANJUEZ III

V. LA DEFENSA DEL MONUMENTO


En la sesión plenaria del día 22 de abril, el Regidor daba cuenta al Pleno de que el párroco López Andújar, había interpuesto un recurso en el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo contra el Ayuntamiento, el cual dice lo siguiente: sobre revocación de acuerdo del Ayuntamiento de Aranjuez, notificado el 31 de diciembre de 1931, relativo al desplazamiento de un monumento, y dicho Tribunal ha mandado que se publique el presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, para conocimiento de los que tuvieren interés directo en el negocio y quiera coadyuvar en él a la Administración. Madrid, 4 de febrero de 1932

Como se ve, Andújar intentó siempre salvaguardar por la vía legal, el levantado por disposición del pueblo, no viéndolo así parte de la Corporación ribereña. 
Aun con tribunales por medio para dirimir quiénes decían la ultima palabra, el día 10 de junio se trataba el asunto una vez más en Pleno. Lo desencadenó el edil Coello al preguntar al Regidor si el suelo y el subsuelo de la población pertenecían al Municipio, contestándole Alonso Peral en sentido afirmativo. Entonces Coello le pidió al alcalde que invitasen al Sr. Cura Párroco para que retire la imagen del Corazón de Jesús y, si voluntariamente no lo hace, que lo retire el Ayuntamiento con sus operarios haciéndolo en las debidas condiciones y guardándolo donde indique el Sr. Cura, entregandosele a éste. A lo que el Regidor no daría contestación. 

El día 1 de junio, el Regidor Alonso Peral estaba ausente en el Pleno por cuestiones de interés de la población –según el Pleno–, presidía el Teniente de alcalde Ruiz Lozano, y antes de comenzar realizaba la siguiente aclaración que quedaba asentada en el acta de aquel día. Previa citación con advertencia que cualquiera que fuese el número de concejales que asistieran a ella se adoptarían acuerdos. Sin embargo, según la ley municipal si no hay mayoría simple, los acuerdos tomados en ese Pleno no surtirán efecto. 

En este Pleno, era Coello nuevamente el encargado de refrescar la memoria de los presentes en cuanto a lo que se había acordado en la reunión anterior, quería saber si las medidas acordadas se habían cumplido por el Ayuntamiento. Ruiz Lozano le contestó negativamente. A lo que Coello respondió exasperado que sin demora se haga el requerimiento, si parece bien, y que se conceda el plazo prudencial para que lo verifique realizándolo sino en la forma que se ha dicho. La mayoría de los ediles, conformes con lo expuesto por Coello, decidían dar el plazo de cinco días para su retirada. No obstante el edil Guzmán estimó que el plazo ofertado al Párroco era sumamente corto y que debían ser al menos quince días por la importancia de la obra

Por su parte, el Regidor en funciones, Ruiz Lozano, advertía a los presentes que este asunto estaba pendiente de una resolución del contencioso interpuesto por López Andújar. Aun así, consideraban varios concejales que no es obstáculo y por tanto que se debe hacer el requerimiento

Como Guzmán, Ruiz Lozano estimó que el plazo que se trataba de otorgar era demasiado corto: debiera concederse uno más amplio o el que se concediese fuera para principiar la obra y que después la continuase sin interrupción. 

Posiblemente, Ruiz Lozano se mostró comedido y conservador, para eludir la responsabilidad de tomar una decisión que luego pudiera perjudicarle a él personalmente.

Por último, Bustos que había permanecido en el Pleno sin pronunciarse, solicitaba que se le diese los cinco días acordados para quitar la imagen y que continúe sin interrupción hasta la desaparición total del monumento y que se le haga el requerimiento mañana mismo con lo que se muestra general conformidad y el Sr. Presidente ofrece que se haga así

Como dato relevante de este Pleno, hay que anotar que si bien Alonso Peral había estado ausente, al final del acta aparece su firma junto a la de Ruiz Lozano.


VI. EL MONUMENTO: UN PROBLEMA MINISTERIAL 

El día 15 de julio era Arminio el que lamentaba de tener que insistir en lo ya solicitado tantas veces y acordado, que sea retirado de la vía pública el monumento al Corazón de Jesús. Y expuso que había ido al Ministerio de la Gobernación a otras cuestiones, y realizado una pregunta al Subsecretario en el sentido de saber cómo se encontraba este asunto, si podía quitarse o no de la vía pública el referido monumento; a lo que le han contestado que es asunto de la competencia municipal y que desde luego podía hacerse, habiendo contestado en el mismo sentido el Sr. Gobernador, a quien por teléfono consultaron desde dicho Ministerio

Según Pedraza, el alcalde, ya tenía conocimiento que desde el Ministerio le habían contestado en ese sentido verbalmente. Pero el alcalde Alonso Peral dejaba claro al Pleno que demandaba de instancias superiores una orden por escrito. 

Por su lado, el edil Francisco Sixto expuso que debe quitarse según lo acordado por ser de la competencia municipal y excita a que se haga. Ante la tensión producida por las manifestaciones de Sixto, Alonso Peral le contestó sobre la base de diferentes razonamientos que no debía quitarse hasta que no se tuviese por escrito una autorización, que ya estaba en curso, y esperarse el pronunciamiento del Tribunal sobre el contencioso que había presentado el Párroco. 

Sin embargo, para Arminio esto no era óbice que impidiese ejecutarlo, ya que otros asuntos municipales se habían llevado a cabo sin necesidad de esperar una sentencia, y propuso que se enviase un oficio al Gobernador Civil para que se pronunciase por escrito. 

En el Pleno del día 29 de julio, esta autoridad, dejaba claro que él poco tenía que ver en ese asunto, siendo potestad del Pleno tomar las medidas que considerasen oportunas, y además porque dicho asunto se encontraba en espera de la sentencia del Tribunal. 

Recibida su comunicación del 16 del actual, en la que se formula consulta relacionada con la ejecución del acuerdo adoptado por ese Ayuntamiento que dispuso, la demolición del monumento erigido al Corazón de Jesús, emplazado en la vía pública de esa localidad, debo participar a V. reiterándole lo que a estos efectos le comunicaba en mis oficios del 4 y 22 de enero del corriente año, que este Gobierno carece de competencia para entrar en la solución de este acuerdo que pertenece a los reservados a la facultad municipal y por tanto no le es licito invadir atribuciones ajenas, que en este caso pertenecen a la facultad del Tribunal de la Contencioso Administrativo que entiende ya, según propia manifestación de la Alcaldía. 

Además, el oficio contenía una serie de artículos legales que regulaban la postura del Gobierno Civil, y que el edil Coello pidió conocer, para una vez satisfecho insistir en que el Monumento debía desaparecer. Por su parte, Arminio dudaba que esa legislación estuviese en vigor, y aunque lo estuviese, había que quitarle. 

El alcalde Alonso Peral, contestaba con firmeza a los que dudaban de su eficiencia como mandatario del Consistorio, que el siempre está dispuesto a cumplir los deberes de su cargo, pero ateniéndose a los preceptos legales, sin extralimitarse en sus atribuciones. Aun así, Arminio seguía mostrando su disconformidad con las actuaciones de Alonso, acusándole de falta de energía o resolución en algunos asuntos. Acusaciones que Alonso Peral, ofendido en su fuero interno, rechazaba.

Miguel Domenge
Pero Arminio, sumándose a las increpaciones de los ediles Coello y Tercero, que lo conminaban a quitar el Monumento, insistían para saber si el alcalde iba a ejecutar el acuerdo del Ayuntamiento. El alcalde era terminante al asegurar que seguiría sosteniendo su criterio ya expuesto de respetar las vidas y haciendas de sus administrados, y ofreció a la Corporación, realizar nuevas consultas al Ministerio de la Gobernación. Pero el alcalde no hizo nada por quitar el Monumento para evitarse problemas o tal vez convencido de que no era necesario o por sus ideas religiosas, si las tenía. Es curioso que no se tratase este asunto, al menos nada revelan las actas plenarias, hasta el día 12 de octubre de 1934 fecha en que Alonso Peral perdía su cargo de alcalde ante las nuevas elecciones, para dar paso al monárquico Miguel Domenge Campos que lo ocuparía al día siguiente.


Continuará...


José Luis Lindo Martínez

Cronista Oficial de Aranjuez

El Rincón del Cronista

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por opinar en La Voz de Aranjuez