V. LA DEFENSA DEL
MONUMENTO
En la sesión plenaria del día 22 de abril, el Regidor daba
cuenta al Pleno de que el párroco López Andújar, había interpuesto un recurso
en el Tribunal Provincial de lo Contencioso Administrativo contra el
Ayuntamiento, el cual dice lo siguiente: sobre revocación de acuerdo del
Ayuntamiento de Aranjuez, notificado el 31 de diciembre de 1931, relativo al
desplazamiento de un monumento, y dicho Tribunal ha mandado que se publique el
presente anuncio en el Boletín Oficial de la provincia, para conocimiento de
los que tuvieren interés directo en el negocio y quiera coadyuvar en él a la
Administración. Madrid, 4 de febrero de 1932.
Como se ve, Andújar intentó
siempre salvaguardar por la vía legal, el levantado por disposición del pueblo,
no viéndolo así parte de la Corporación ribereña.
Aun con tribunales por medio
para dirimir quiénes decían la ultima palabra, el día 10 de junio se trataba el
asunto una vez más en Pleno. Lo desencadenó el edil Coello al preguntar al
Regidor si el suelo y el subsuelo de la población pertenecían al Municipio,
contestándole Alonso Peral en sentido afirmativo. Entonces Coello le pidió al
alcalde que invitasen al Sr. Cura Párroco para que retire la imagen del Corazón
de Jesús y, si voluntariamente no lo hace, que lo retire el Ayuntamiento con
sus operarios haciéndolo en las debidas condiciones y guardándolo donde indique
el Sr. Cura, entregandosele a éste. A lo que el Regidor no daría
contestación.
El día 1 de junio, el Regidor Alonso Peral estaba ausente en el
Pleno por cuestiones de interés de la población –según el Pleno–, presidía el
Teniente de alcalde Ruiz Lozano, y antes de comenzar realizaba la siguiente
aclaración que quedaba asentada en el acta de aquel día. Previa citación con
advertencia que cualquiera que fuese el número de concejales que asistieran a
ella se adoptarían acuerdos. Sin embargo, según la ley municipal si no hay mayoría simple, los acuerdos
tomados en ese Pleno no surtirán efecto.
En este Pleno, era Coello nuevamente
el encargado de refrescar la memoria de los presentes en cuanto a lo que se
había acordado en la reunión anterior, quería saber si las medidas acordadas se
habían cumplido por el Ayuntamiento. Ruiz Lozano le contestó negativamente. A
lo que Coello respondió exasperado que sin demora se haga el requerimiento, si
parece bien, y que se conceda el plazo prudencial para que lo verifique
realizándolo sino en la forma que se ha dicho. La mayoría de los ediles,
conformes con lo expuesto por Coello, decidían dar el plazo de cinco días para
su retirada. No obstante el edil Guzmán estimó que el plazo ofertado al Párroco
era sumamente corto y que debían ser al menos quince días por la importancia de
la obra.
Por su parte, el Regidor en funciones, Ruiz Lozano, advertía a los
presentes que este asunto estaba pendiente de una resolución del contencioso
interpuesto por López Andújar. Aun así, consideraban varios concejales que no
es obstáculo y por tanto que se debe hacer el requerimiento.
Como Guzmán, Ruiz
Lozano estimó que el plazo que se trataba de otorgar era demasiado corto: debiera
concederse uno más amplio o el que se concediese fuera para principiar la obra
y que después la continuase sin interrupción.
Posiblemente, Ruiz Lozano se
mostró comedido y conservador, para eludir la responsabilidad de tomar una
decisión que luego pudiera perjudicarle a él personalmente.
Por último, Bustos
que había permanecido en el Pleno sin pronunciarse, solicitaba que se le diese
los cinco días acordados para quitar la imagen y que continúe sin interrupción
hasta la desaparición total del monumento y que se le haga el requerimiento
mañana mismo con lo que se muestra general conformidad y el Sr. Presidente
ofrece que se haga así.
Como dato relevante de este Pleno, hay que anotar que
si bien Alonso Peral había estado ausente, al final del acta aparece su firma
junto a la de Ruiz Lozano.
VI. EL MONUMENTO: UN PROBLEMA MINISTERIAL
El día 15
de julio era Arminio el que lamentaba de tener que insistir en lo ya solicitado
tantas veces y acordado, que sea retirado de la vía pública el monumento al Corazón
de Jesús. Y expuso que había ido al Ministerio de la Gobernación a otras
cuestiones, y realizado una pregunta al Subsecretario en el sentido de saber
cómo se encontraba este asunto, si podía quitarse o no de la vía pública el
referido monumento; a lo que le han contestado que es asunto de la competencia
municipal y que desde luego podía hacerse, habiendo contestado en el mismo
sentido el Sr. Gobernador, a quien por teléfono consultaron desde dicho
Ministerio.
Según Pedraza, el alcalde, ya tenía conocimiento que desde el
Ministerio le habían contestado en ese sentido verbalmente. Pero el alcalde
Alonso Peral dejaba claro al Pleno que demandaba de instancias superiores una
orden por escrito.
Por su lado, el edil Francisco Sixto expuso que debe
quitarse según lo acordado por ser de la competencia municipal y excita a que
se haga. Ante la tensión producida por las manifestaciones de Sixto, Alonso
Peral le contestó sobre la base de diferentes razonamientos que no debía
quitarse hasta que no se tuviese por escrito una autorización, que ya estaba en
curso, y esperarse el pronunciamiento del Tribunal sobre el contencioso que
había presentado el Párroco.
Sin embargo, para Arminio esto no era óbice que
impidiese ejecutarlo, ya que otros asuntos municipales se habían llevado a cabo
sin necesidad de esperar una sentencia, y propuso que se enviase un oficio al
Gobernador Civil para que se pronunciase por escrito.
En el Pleno del día 29
de julio, esta autoridad, dejaba claro que él poco tenía que ver en ese asunto,
siendo potestad del Pleno tomar las medidas que considerasen oportunas, y
además porque dicho asunto se encontraba en espera de la sentencia del
Tribunal.
Recibida su comunicación del 16 del actual, en la que se formula
consulta relacionada con la ejecución del acuerdo adoptado por ese Ayuntamiento
que dispuso, la demolición del monumento erigido al Corazón de Jesús, emplazado
en la vía pública de esa localidad, debo participar a V. reiterándole lo que a
estos efectos le comunicaba en mis oficios del 4 y 22 de enero del corriente
año, que este Gobierno carece de competencia para entrar en la solución de este
acuerdo que pertenece a los reservados a la facultad municipal y por tanto no
le es licito invadir atribuciones ajenas, que en este caso pertenecen a la
facultad del Tribunal de la Contencioso Administrativo que entiende ya, según
propia manifestación de la Alcaldía.
Además, el oficio contenía una serie de
artículos legales que regulaban la postura del Gobierno Civil, y que el edil
Coello pidió conocer, para una vez satisfecho insistir en que el Monumento
debía desaparecer. Por su parte, Arminio dudaba que esa legislación estuviese
en vigor, y aunque lo estuviese, había que quitarle.
El alcalde Alonso Peral,
contestaba con firmeza a los que dudaban de su eficiencia como mandatario del
Consistorio, que el siempre está dispuesto a cumplir los deberes de su cargo,
pero ateniéndose a los preceptos legales, sin extralimitarse en sus atribuciones.
Aun así, Arminio seguía mostrando su disconformidad con las actuaciones de
Alonso, acusándole de falta de energía o resolución en algunos asuntos. Acusaciones que Alonso Peral, ofendido en su fuero interno, rechazaba.
Miguel Domenge |
Pero Arminio,
sumándose a las increpaciones de los ediles Coello y Tercero, que lo conminaban
a quitar el Monumento, insistían para saber si el alcalde iba a ejecutar el
acuerdo del Ayuntamiento. El alcalde era terminante al asegurar que seguiría
sosteniendo su criterio ya expuesto de respetar las vidas y haciendas de sus
administrados, y ofreció a la Corporación, realizar nuevas consultas al
Ministerio de la Gobernación. Pero el alcalde no hizo nada por quitar el
Monumento para evitarse problemas o tal vez convencido de que no era necesario
o por sus ideas religiosas, si las tenía. Es curioso que no se tratase este
asunto, al menos nada revelan las actas plenarias, hasta el día 12 de octubre
de 1934 fecha en que Alonso Peral perdía su cargo de alcalde ante las nuevas
elecciones, para dar paso al monárquico Miguel Domenge Campos que lo ocuparía
al día siguiente.
Continuará...
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